[MATERIAL PEDAGÓGICO] Glosario de Derechos Humanos
ABSOLUTOS: Que es total y sin excepciones.
AUTONOMÍA: Es la capacidad de los individuos o de los pueblos de gobernarse o determinarse a sí mismos.
CARTA DE DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS: Es un conjunto de documentos, que obliga a los Gobiernos a respetar los derechos humanos. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948 y se considera el primer documento legal que protegió los derechos humanos.
CRIMEN DE LESA HUMANIDAD: cualquiera de las atrocidades y delitos de carácter inhumano, que forman parte de un ataque generalizado o sistemático contra civiles.
DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ: Institución pública, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Sus principales funciones y atribuciones son: Difundir, promover y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA) de acuerdo a lo que establece la ley e interponer acciones y presentar querellas cuando conozcamos delitos en que las víctimas sean NNA, y la ley lo autorice.
DELITO: Acción u omisión voluntaria o imprudente de uno o más civiles castigada por las leyes penales.
DERECHOS: Es lo que se le reconoce o concede a un sujeto de derecho.
DERECHO HUMANO: Los derechos humanos son un conjunto de libertades y derechos fundamentales que toda persona tiene por el mero hecho de ser humana.
DERECHO CIVIL: Derecho que regula las relaciones privadas de los ciudadanos civiles entre sí.
DERECHO POLÍTICO: Conjunto de derechos de los ciudadanos a participar activamente en la organización de una comunidad política.
DERECHO ECONÓMICO: relacionado con factores relativos a la producción, el desarrollo, o la gestión de la riqueza material.
DERECHO SOCIAL: Derecho a la satisfacción de necesidades básicas, como a la salud, la educación o la vivienda.
DERECHO CULTURAL: Son fundamentalmente derechos humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación.
DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN: Los derechos de tercera generación precisan para su realización de una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario. Por ejemplo, derecho a un medioambiente seguro, derecho a la paz, etc.
DIGNIDAD: Hace referencia al valor inherente a cada ser humano concreto por el simple hecho de serlo. No se trata de una cualidad otorgada, sino algo intrínseco al ser humano. No depende de ningún tipo de condicionamiento ni de diferencias étnicas, de sexo, de condición social o cualquier otro tipo
ESTADO: Organización política y jurídica de la sociedad, que se generaliza como forma de dominación poblacional y territorial autónoma, respecto de otros Estados. El Estado debe garantizar los derechos de los individuos dentro de su territorio.
IGUALDAD: El principio de que todos los seres humanos son iguales en derechos es el fundamento ético y político de una sociedad democrática.
IMPRESCRIPTIBLES: Que no está sujeto a un plazo de tiempo, no se extingue/agota una vez pasado cierta cantidad de tiempo.
INALIENABLES: Que no puede ser desprendido de la persona que lo posee, tampoco puede ser vendido o comprado.
INDIVISIBLES: se refiere a la importancia de que todos los derechos humanos como parte de un todo indivisible e inseparable. A una persona no se le puede negar un derecho humano particular con el argumento de que es “menos importante” que otro, o “no esencial”.
INHERENTES: Que por su naturaleza está de tal manera unido a algo, que no se puede separar de ello. Que no se puede separar del ser humano.
INTEGRIDAD: Conjunto de condiciones físicas, psíquicas y morales que le permiten al ser humano su existencia, sin sufrir ningún tipo de menoscabo en cualquiera de esas tres dimensiones
INTERDEPENDIENTES: se refiere a la idea de que el disfrute de un derecho humano particular depende del disfrute de todos los demás. Por ejemplo, la capacidad de la persona para participar en su gobierno está directamente afectada por su derecho a expresarse, a su salud, a su libertad de movimiento y la ausencia de discriminación.
IRREVERSIBLES: Se refiere a la imposibilidad del Estado u otros organismos desconocer la condición de un derecho como inherente a la persona humana. Es decir, un Estado no puede desprender a una persona de su derecho.
LIBERTAD: Facultad natural que tiene el ser humano de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos y/o estado o condición de quien no es esclavo.
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS: es una organización internacional compuesta por la mayoría de los países del mundo, que busca mantener la paz y la seguridad internacional, promover los derechos humanos, y fomentar el progreso social.
SOLIDARIDAD: se refiere a la actitud de unidad basada en metas o intereses comunes; es un término que se refiere a ayudar sin recibir nada a cambio con la aplicación de lo que se considera bueno y sin fines de lucro.
UNIVERSALES: Que son aplicables a todo el mundo.
VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS: Vulneración o negación de los derechos de mujeres y hombres, por parte de personas servidoras públicas o autoridades que puedan ejercer poder sobre las personas.
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